Paso 12 de 12 · 5 min
Qué hacer después de firmar la escritura
La herramienta de este paso: Abre tu checklist post-firma →
Después de firmar, confirma que la escritura quedó inscrita en el Registro Público de la Propiedad. La inscripción asienta el cambio de propietario en el folio del inmueble y permite acreditar que eres el propietario frente a terceros. Solicita a la notaría el testimonio inscrito y comprueba después, mediante un certificado de libertad de gravámenes, que apareces como titular.
La firma de la escritura no concluye todos los trámites de la compra. Todavía debes confirmar su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y actualizar los titulares de impuestos, servicios y mantenimiento.
Este artículo explica cómo obtener el testimonio inscrito, que es la copia autorizada de la escritura con los datos de su inscripción; también indica cuándo verificar el registro y qué comprobantes debes conservar.
Por qué la inscripción es un trámite necesario
La escritura firmada acredita el acuerdo entre comprador y vendedor. Al inscribirla en el Registro Público de la Propiedad, el cambio de titular queda asentado en el folio del inmueble y puede ser consultado por terceros.
Si el Registro detecta un error o la falta de algún documento, la inscripción puede quedar pendiente hasta que la notaría lo corrija. Si no confirmas el resultado, podrías descubrir el problema mucho después, por ejemplo al vender, tramitar una sucesión o solicitar un crédito con el inmueble como garantía.
Cómo verificar la inscripción y cuánto cuesta
La inscripción puede comprobarse mediante documentos expedidos por el Registro Público de la Propiedad. Estos son los trámites y costos publicados en el tabulador oficial vigente.
Certificado de libertad de gravámenes, ordinario (7 días hábiles)
Lo fija la ley · verificado en la fuente oficial$849
Certificado de libertad de gravámenes, urgente
Lo fija la ley · verificado en la fuente oficial$1,700
Constancia de antecedentes registrales, para consultar el historial del folio, hasta 20 hojas (entrega inmediata)
Lo fija la ley · verificado en la fuente oficial$297
El certificado de libertad de gravámenes permite verificar quién aparece como titular y qué inscripciones o gravámenes constan sobre el inmueble. Solicítalo después de recibir el testimonio inscrito y comprueba que tus datos coincidan con los del folio. El certificado urgente se entrega el mismo día si presentas la solicitud antes de las 10:00 y el folio del inmueble es electrónico.
- El día de la firma
La notaría recibe el testimonio e inicia el trámite de inscripción.
La notaría
- Las semanas siguientes
El Registro revisa el documento. Si formula una observación, lo devuelve a la notaría para su corrección y el plazo de inscripción puede ampliarse.
El Registro Público
- Al recibir tu testimonio inscrito
Revisa que incluya el sello de inscripción y conserva el original en un lugar seguro.
Tú
- Ya con el testimonio inscrito en tu poder
Solicita el certificado de libertad de gravámenes a tu nombre y confirma que apareces como titular en el folio.
Tú
Actualiza los registros de predial, agua, luz y mantenimiento
Los registros de predial, agua, luz y, cuando corresponda, mantenimiento conservan al titular anterior hasta que se solicita su actualización. Realiza cada cambio y conserva los comprobantes para recibir avisos, identificar adeudos y acreditar tus pagos.
- Para actualizar los registros del impuesto predial y del servicio de agua, consulta los requisitos vigentes. El día de la firma, pregunta a la notaría si necesitarás copias certificadas adicionales del testimonio y cuántas.
- Para cambiar al titular del servicio de luz, consulta los requisitos vigentes con la empresa suministradora. Antes de solicitar el cambio, verifica si existe algún adeudo asociado al servicio.
- Para actualizar el registro de mantenimiento, informa por escrito a la administración del condominio y solicita la constancia de no adeudo del vendedor si aún no la tienes.
- Conserva en un mismo expediente la escritura inscrita, los comprobantes de cambio de titular y los recibos del primer año. Estos documentos suelen solicitarse cuando vendes la propiedad.
Activa la alerta del Registro sobre tu inmueble
El Registro Público de la Propiedad de la CDMX ofrece un servicio llamado Alerta Inmobiliaria: cuando alguien presenta una consulta o un trámite sobre el folio de tu inmueble, el Registro te lo notifica.
La alerta no bloquea ninguna operación ni sustituye una revisión registral: te avisa de un movimiento cuando ocurre, no años después. Pregunta en el propio Registro los requisitos y el costo vigente; al terminar los trámites de tu compra, actívala sobre tu folio.
Se dice: Si el notario se encargó, ya quedó todo listo.
La notaría presenta la escritura, pero el Registro Público puede formular observaciones antes de inscribirla. Por eso debes solicitar el testimonio inscrito y verificar después, mediante un certificado registral, que apareces como titular.